Impuesto al Valor Agregado

Publicado el Deja un comentarioPublicada en AFIP, Impuestos

A los efectos de lo dispuesto en el inciso h) del artículo 4º y en el artículo sin número agregado a continuación del artículo 4° de la ley, no serán considerados sujetos domiciliados o residentes en el exterior, quedando obligados a determinar e ingresar el gravamen que recae sobre sus operaciones, los sujetos comprendidos en el artículo 4° de la ley que revistan la condición de residentes en el país de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Reseña informativa de fallos

Publicado el Deja un comentarioPublicada en Uncategorized

Reforma penal tributaria no es ley penal más benigna. Posible alternativa. Así lo entendió la Sala III, el pasado 10 de septiembre de 2018, cuando manifestó que las modificaciones a los montos dinerarios en los artículos correspondientes en la Ley Penal Tributaria no son más que actualizaciones, que no comporta una ley penal más benigna